¿Existe una tabla de potencias normalizadas?

La Dirección General de Política Energética y Minas aprobó la Resolución de 8 de septiembre de 2006, por la que se modifica la de 14 de marzo de 2006, por la que se establece la tabla de potencias normalizadas para todos los suministros en baja tensión.
Basándonos en la siguiente tabla los clientes pueden elegir la potencia a contratar, debiendo escoger entre los escalones de intensidad para los aparatos de control de consumo.

Tabla 1. Potencias normalizadas.


Para poder medir la intensidad de amperios (A) se utiliza un ICP, el cual es un dispositivo que limita la cantidad de corriente que se consume de forma simultánea en su hogar, en función de la potencia que se tiene contratada. La presencia de este dispositivo es obligatoria.
La fórmula para determinar la potencia correspondiente es: kW=(V x A)/1000

En las nuevas contrataciones o modificaciones de potencias y/o tarifas, se deberá de tener en cuenta que solo podremos contratar las potencias de las columnas en negrita. En este caso, para los suministros monofásicos, podremos contratar las potencias establecidas en la columna U=230 V. Por lo que se refiere a las potencias de los suministros trifásicos deberemos contratar las potencias de las columnas de 3x133/230 y 3x230/400 V según la tensión del suministro, debido a la progresiva extinción de las otras tensiones.

 

Si desea ver la relación de las diferentes tarifas con sus potencias, le recomendamos que siga el siguiente enlace: https://www.respiraenergia.com/Mercado/Tarifas